Estimado asociado
Reproducimos el contenido del punto II de la RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE A LA PETICIÓN DE ACLARACIÓN DEL SECRETARIO GENERAL DE LA ASOCIACION DE EMPRESAS NÁUTICAS EN RELACIÓN CON LA CONSIDERACIÓN DE LA NAVEGACIÓN DE RECREO O DEPORTIVA DURANTE LAS FASES DE TRANSICIÓN A UNA NUEVA NORMALIDAD:
Las actividades náuticas autorizadas en el contexto de las fases de transición a la normalidad
La previsión ya comentada de la autorización de actividades náuticas dentro de la fase III de esa transición a la nueva normalidad debe interpretarse, según criterio de esta Dirección General de la Marina Mercante, según dos premisas:
– La ya indicada de que no se está equiparando la navegación de recreo o deportiva dentro del transporte marítimo.
– Y que la autorización será plenamente efectiva al final de las fases de transición a la nueva normalidad.
Dicho lo anterior, se trata de comprobar en qué términos se puede llevar a cabo la navegación de recreo o deportiva hasta superar la fase III. Hasta ese momento, esta navegación estará sujeta a las limitaciones previstas en el PTNN. Procede, por tanto, ver cómo se va a llevar a cabo la navegación de recreo o deportiva hasta su plena autorización.
En la fase 0 no se podrá navegar por ocio, salvo que se haga deportivamente y de forma individual (deporte no profesional y federado), como una actividad física. Esto supondrá que se pueda navegar en determinadas embarcaciones de vela como práctica de deporte. Debe tenerse en cuenta que quien lleve a cabo esa actividad ha de residir en el mismo municipio donde se encuentre la embarcación y la navegación también está sujeta a limitaciones geográficas. Desde esta fase 0 también serán posibles las visitas por parte de los propietarios a sus embarcaciones para las comprobaciones de seguridad y mantenimiento siempre que la embarcación se encuentre en el mismo término municipal en que reside el propietario. Solo podrá acceder una persona a la embarcación para realizar estas actividades y se respetarán en todo momento a los procedimientos y protocolos establecidos por los puertos deportivos.
En la fase I la navegación de recreo puede desarrollarse atendiendo a su consideración como turismo activo y de naturaleza por grupos limitados (actividades culturales y de ocio). Deberán respetarse las limitaciones de tipo personal previstas para esta fase y adoptar medidas de desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene en las embarcaciones (que también pueden tener la consideración de alojamientos turísticos). Estas serían las medidas de reducción de riesgos sanitarios de las actividades náuticas, sobre las que ya se ha venido trabajando por este sector. Rigen también limitaciones geográficas en las aguas de la provincia o isla en las que se practique la navegación.
En la fase II la navegación recreativa, al igual que en la fase I, se admite la navegación de recreo y deportiva dentro de su consideración como actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos más amplios de personas, ya sin la limitación de residir en el mismo municipio, pero sí en la misma provincia. Los propietarios de embarcaciones que estuvieran amarradas en un término municipal distinto al de su residencia, pero en la misma provincia, ya podrían efectuar visitas para efectuar comprobaciones de seguridad y mantenimiento. Al igual que en la fase anterior, la navegación también tendrá limitaciones geográficas sin que se pudieran llevar a cabo trayectos hasta aguas de otras provincias o islas. También aquí ya podría llevarse a cabo prácticas de navegación para la obtención de títulos de recreo, que requieren del uso de embarcaciones de recreo, como una actividad de formación (comercio minorista y actividades de prestación de servicios).
En la fase III, ya se autorizarán las actividades náuticas de recreo, sin más limitaciones que las que rijan con carácter general, como pueden ser las de carácter geográfico y la adopción de las medidas sanitarias de prevención.
De esta forma, la Dirección General de la Marina Mercante considera que la navegación de recreo o deportiva puede practicarse durante las distintas fases para la transición a la nueva normalidad, y ello tanto en buques o embarcaciones de recreo que hayan sido objeto de arrendamiento náutico (contratos que podrán celebrarse con normalidad desde la fase I) o por sus propios propietarios.
Así mismo el siguiente 1 de mayo, la DIRECCIÓN GENERAL DE LA MARINA MERCANTE publicó la siguiente NOTA COMPLEMENTARIA A LA RESPUESTA A LA PETICIÓN DE ACLARACIÓNDEL SECRETARIO GENERAL DE LA ASOCIACIÓN NACIONALDE EMPRESAS NÁUTICASEN RELACIÓN CON LA CONSIDERACIÓN DE LA NAVEGACIÓN DE RECREO O DEPORTIVA DURANTE LASFASES DE TRANSICIÓN A UNA NUEVA NORMALIDAD
Con fecha de 30 de abril de 2020, la Dirección General de la Marina Mercante dio respuesta a la forma en que se desarrollaría la navegación de recreo o deportiva durante las fases aprobadas por el Ministerio de Sanidad dentro del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, de fecha de 28 de abril de 2020.
No obstante, procede aclarar que la efectividad de las actividades que se indicaron requerirá en algunos casos la modificación de algunas de las normas aprobadas durante la vigencia del estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.En consecuencia, hasta que se aprueben los cambios normativos precisos, siguen vigentes prohibiciones como las de entrada en los puertos deportivos de alguna Comunidad Autónoma(Baleares y Canarias) así como el resto de limitaciones (desplazamiento, distancia social,…) que limitan las condiciones para la realización de la navegación de recreo.
En los próximos días se irán introduciendo las modificaciones necesarias en las normas para la efectividad del PTNN
Les informamos que desde el próximo día 11 de mayo, el horario de apertura de las barreras de CONTROL DE ACCESOS, volverá a la normalidad, esto es, con barrera levantada desde las 08.00 h a las 24.00 horas. Para el horario de 24.00 h a 08.00 h seguirá accediendo con la llave magnética de la que disponen los usuarios o llamando al teléfono 660 993 630.
Los edificios higiénico-sanitarios ubicados en los edificios nº1, nº3, Gasolinera y Zona V están siendo mantenidos en estado de uso para todos nuestros asociados y usuarios, con limpieza diaria conforme a los protocolos sanitarios.
En la esperanza y deseo de poder volver todos a disfrutar, en breve y con plenitud, de nuestras embarcaciones, recibid un cordial saludo
La Junta Directiva